Condena por negar la reproducción asistida a una mujer lesbiana

Un hospital de Ciudad Real se negó a gestionar una reproducción asistida a una mujer que cumplía todos los requisitos alegando que su pareja no era un hombre. Era el año 2015 y faltaba todavía año y medio para que la ley contemplara a las mujeres lesbianas y mujeres solteras.

Pues bien, los jueces del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha decidido condenar, con caracter retroactivo, al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha(SESCAM). La mujer, que ha preferido mantenerse en el anonimato y a la que agradecemos haber recurrido a la justicia para que una vez más se hiciera precisamente eso, justicia, con la comunidad LGTB, podría ahora acceder a los servicios de salud de SESCAM, pero ya es tarde. Recurrió en su momento a la Sanidad Privada para cumplir su sueño de ser madre. Ha sido un ejemplo de perseverancia, pues antes de que el el Tribunal Superior de Justicia le diera la razón, su recurso había sido ignorado por Atención Integrada, Gerencia Provincial y el Juzgado de lo social de Ciudad Real. Además, la mujer no ha pedido indemnización alguna, ni siquiera los costes que se supuso recurrir a la sanidad privada pues, según ella, el objetivo no era el dinero, sino ser madre.  

No padece ninguna enfermedad que le impida ser madre, siendo el único motivo el de no dispones de pareja masculina” fueron las palabras del Jefe de Ginecología y Obstreticia para negar su tratamiento. Unas palabras muy recurrentes en nuestra sanidad pública hace no tanto tiempo. Sin embargo los jueces lo han tenido claro. Su orientación sexual cumple el Real Decreto 1030/2006, que establece que una persona puede acceder a una reproducción asistida si tiene una”imposibilidad material de obtener un embarazo de forma natural” como es para ella “mantener una relación física heterosexual, por cuanto que ello sería contrario a su identidad personal”. 

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