“Le gustan más los chochos y las tetas que a nosotros”
S. se incorporó al Regimiento de Artillería de Campaña en Tenerife en 2015. Antes de llegar, parece que el acoso ya había empezado: Varios testigos afirmaron en el juicio, sin acordar quién lo dijo, que se hablaba de que iba a llegar “una sargento a la que le gustan más los chochos y las tetas que a nosotros”.
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La sentencia, dictada por el Tribunal Militar Territorial, absuelve a los responsables (cuatro hombres y una mujer), pero admite que hubo menosprecio generalizado. Ratificado ha quedado que dijeron cosas como “hombre frustrado con cuerpo de mujer”, “minion” o “enana lesbiana“. La víctima ha explicado que le hacían el vacío y que en se burlaban de ella e incluso la humillaban en grupo en cualquier instrucción.
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Recuerda que en una práctica de tiro donde ella daba instrucciones a las tropas, otro sargento la apartó bruscamente diciendo “Ahora mando yo”. Fue entonces cuando se empezó a cuestionar su autoridad. Otro sargento la rebatiría delante de los soldados y la llamaría “Loca”. Cuando recurrió al teniente para quejarse, este ignoró completamente su demanda. En ese informe, el teniente escribió, sobre esta reunión que “la sargento no se relaciona con sus compañeros ni se entera de las cosas”.
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Solo un capitán intervino ante esta mastodóntico bullying grupal, ordenando a un sargento disculparse ante nuestra protagonista. Lo hizo, pero ella dijo públicamente que no lo aceptaba, porque no era la excepción, sino la norma.
S. nunca denunció directamente. Fue declarando en 2017 en otro procedimiento como testigo que contó sus vivencias en el Regimiento. El juez de mutuo propio ordenó la apertura de diligencias sobre este nuevo caso que, ahora, desgraciadamente ha quedado en nada. Al principio S. no quiso ni personarse por temor a las represalias, pero luego decidió enfrentar la realidad.
El fiscal pedía un año de cárcel para cada abusador y 3000 euros de indemnización en relación a un delito de odio por orientación sexual. La defensa, la absolución. La conclusión ha sido que “no hay delito de odio porque el acoso se centra en la rivalidad profesional”, sin embargo admite que “su condición sexual es un aspecto que también genera algún comentario vejatorio”, pero no ven acoso profesional, pues considera que el acoso tuvo un “carácter nimio, aunque acabaron resultando pesados”.
Una sentencia sorprendente.
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Fuente: ElPais
Nota. Las fotos no tienen relación con el caso.